Por tener más de dos mil quinientas visitas en mi blog. Por las
modificaciones que ha sufrido la Carta Magna, especialmente las que constituyen
un Golpe de Estado insensato. Porque a “coupe de oeil”, todo analista entiende que las andanadas contra
el documento fundacional suscrito por nuestros Padres Revolucionarios, “… sigue
siendo un importante obstáculo para la plena consolidación del proyecto de
neoliberalismo autoritario… de (las) contrarreformas impulsadas por Enrique
Peña Nieto y el Pacto por México, (y) se mantiene incólume el carácter
subversivo de gran parte del texto de nuestra Carta Magna” (J. Ackerman).
Reproduzco una síntesis actualizada de esta epístola: Veamos el porqué.
En el nonagésimo séptimo aniversario de la promulgación de la
Constitución Política Mexicana, es bueno recordar que no es lo mismo
Constitución Política, que Constitución Escrita, Constitución Legal o Constitución Real –de donde
parte todo lo anterior- de una Comunidad Política. Pero cuando se da la
afortunada coincidencia, de que las diferentes concepciones de lo que es el
fundamento de una nación, sean equiparables, incluso lo mismo, justo y
necesario, entonces estamos frente a un Estado Político, con una mayoría
ciudadana gobernada conforme al bien común, que es el común de todos.
Tal fue el caso del momento culminante de la Revolución Mexicana, la
hora triunfal sobre los resabios de Porfirio Díaz, la usurpación de Victoriano
Huerta, la codicia de los Estados Unidos de Norteamérica y la ambición del Vaticano. México alcanza la sabiduría
para proporcionarse una Constitución Política escrita, en el texto promulgado
por el Congreso Constituyente, el 5 de febrero de 1917. Es la conjunción de
realidad, política, usos y costumbres, leyes y justicia. Es la hora del parto
del monte de una nación que promulgaba una constitución revolucionaria,
inédita, primogénita en materia de derechos sociales, en todo el mundo,
completa, integra.
Porque la naturaleza de la
provincia novohispana, que se convertiría en México, a partir de 1821, se fincó
en un principio elemental, respecto a su constitución real: que la propiedad de
la tierra y de todo lo demás era pública, pero la apropiación privada. En
México no cabían las otras tres fórmulas posibles de propiedad: la
propiedad privada con apropiación pública, como algunos países de Europa
meridional; ni la propiedad pública con apropiación pública, como rezaban los
lemas del socialismo y del comunismo imaginario. Menos la propiedad privada con
apropiación privada, sustento y espíritu
de las oligarquías coloniales, del capitalismo salvaje.
La Constitución de 1917 se
convierte en el marco de derecho, jurídico, político eminentemente social, que
además de plasmar por escrito las garantías individuales de todos y cada uno de
los miembros de la comunidad, se recrea en el espíritu social que la define: en
el contexto de la propiedad, en el de la educación y en el relativo al trabajo.
Un punto esencial del texto de
1917 es el que trata la organización de los poderes de la Federación: del
sistema político emanado de la lucha armada y la relación entre los poderes
ejecutivo, legislativo y judicial. Si el sistema que prevaleció a partir de
1857 estaba fincado en un poder Legislativo fuerte, constituido únicamente por
una Cámara de Diputados, frente a un Ejecutivo que aceptaba la reelección, pero
acompañado, como un alfil, por un Vicepresidente, y la disposición para que el
titular de la Suprema Corte de Justicia, fuera designado sustituto del
Presidente de la República, ante eventualidades o ausencias (así llego Juárez a
la Presidencia). Disfunción total. Un coctel explosivo, compuesto por un
Presidente débil, un Legislativo anárquicamente poderoso y un Poder Judicial
amenazante y entrometido en asuntos de gobierno.
A diferencia de los traidores miembros
de la LXII legislatura (2012-2015), los Constituyentes de 1917 fueron hombres
sabios de la Política, pero ante todo, patriotas consumados. La Constitución de
1917, es resultado del talento político de Emilio Rabasa, y los finos análisis
plasmados en “La Constitución y la Dictadura”. De las obras políticas y agrarias
de Luis Cabrera y Andrés Molina Enríquez. De la conciencia nacional presente en
El Hijo del Ahuizote, donde los Hermanos Flores Magón, fustigaban
la dictadura de Porfirio Díaz, bajo el lema “La Constitución ha muerto”. Porque
el pacto político anterior era un documento ajeno, extraño, impuesto, idílico.
Una Constitución de papel, separada, distante e incluso opuesta a la realidad
histórica nacional. La Constitución de 1857 de naturaleza capitalista
(liberal-oligárquica), fundamentada en la propiedad privada y la apropiación privada,
fue confeccionada a satisfacción entera de los Norteamericanos, constituidos de
esa manera, y del Vaticano, deseoso de conservar con garantías, la seguridad de
los bienes que arrebataba, a los feligreses en desgracia. Muy similar, casi
idéntica al texto modificado ahora, en pleno siglo XXI, bajo las “reformas para
mover y cambiar México”.
La Constitución de 1917, la escrita, está basada en las fortalezas y
debilidades de la mezcla social, étnica, geografía, historia, triunfos y
severas derrotas de nuestro país. Constitución legal compuesta por un novísimo
sistema político, en los que pesos y contrapesos, trazos legales y legítimos,
argucias extralegales e incluso metalegales, resultaban geniales y previsoras,
para defender –o vulnerar- a la nación de asechanzas, tanto internas como
externas. Llena de orgullo y honor saber que, a pesar de las más de quinientas
reformas que han trastornado severamente el espíritu original de la carta
Magna, existe en el articulado, las herramientas para reconstituir el daño
hecho, a lo que en su origen fue perfecta.
Compuesta de Nueve Títulos, que contienen 136 artículos y 19
transitorios, la Constitución de 1917 representa tal excelsitud, que se resume
en solo tres artículos, esenciales para existir todo lo demás: El artículo Tercero
y la educación pública, gratuita, laica y obligatoria. El 27 Constitucional y
la propiedad, -tierra, subsuelo, recursos, espacio aéreo, aguas interiores y
océanos- originariamente pertenecientes a la Nación. Texto supremo, que
introduce el concepto de Nación, para explicar el tipo de propiedad, como
defensoría de nuestro territorio. Aplicación de los tipos de propiedad
prevalecientes entre los pueblos prehispánicos y en España: el Calpulli y la
Modal Concesión del Rey se unen para que en el México legal y escrito, con base
en el México histórico y real no exista la propiedad privada, sino como concesión
por parte de la Nación, por encima del
Estado y del Gobierno en turno. Y el artículo 123, que tutela las relaciones
entre el capital y el trabajo, es el orden en la producción, los derechos de
los trabajadores y los deberes con el estado y la sociedad, es la protección a
los factores de la producción. Justicia republicana entre empresarios y
trabajadores.
Considerada en su totalidad, los nueve Títulos que integran la
Constitución escrita son: el Titulo Primero (Art. 1 al 38) trata todo lo
necesario respecto a los Derechos Humanos y las Garantías Individuales. El Titulo Segundo (Art. 39-48) contiene lo
relativo a las formas de gobierno y soberanías; mientras que el Titulo Tercero
(Art. 49-107) aborda lo relativo a la división de poderes. Las
responsabilidades de servidores públicos son tratadas en el Titulo Cuarto (Art.
108-114). Lo relativo a los Estados, la Federación y el DF son descritos en el
Titulo Quinto (Art. 115-122). El trabajo y la producción, está reservado
para un solo Título, que contiene un único artículo, como ya se dijo el 123.
Previsiones generales, Reformas a la Constitución y lo referente a la
Inviolabilidad de la misma se inscriben en los Títulos Séptimo, Octavo y Noveno
respectivamente (Art. del 124 al 130) y
uno solo para los dos últimos apartados, el 135 y el 136.
México fue organizado
políticamente, con base en la Constitución escrita, de acuerdo a la
Constitución real de la nación, a partir del modelo descrito por Maquiavelo y
que le llamo el Gran Turco: poder difícil de conquistar, pero fácil de
preservar. Un Monarca que pudo ser Rey (Lázaro Cárdenas) o Tirano (Salinas de
Gortari) y gobernar a su pueblo a través de eunucos blancos (Enrique Peña Nieto)
y negros (los burócratas, delegados sindicales, dirigentes partidistas, ediles
y regidores y un largo etcétera). El asalto perpetrado en las pasadas
elecciones federales, ha ocasionado una mudanza en el modelo, hacia el que el
mismo florentino llamo del Rey de Francia: fácil de conquistar (acuerdos entre
partidos con las televisoras) pero difícil de preservar: la ciudadanía en
movimiento.
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